Lunes 22 de Junio del 2020 | NOTICIA
CUARENTENA OBLIGATORIA: MODALIDAD DE ATENCIÓN EN LAS OFICINAS DEL MPA
En virtud de lo establecido en el Decreto Acuerdo N° 1145-G/2020 de fecha 19 de junio de 2020 emitido por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy, que extiende a todo el territorio provincial la cuarentena obligatoria, desde el 20 de junio hasta el 27 del corriente mes, Fiscalía General del Ministerio Público de la Acusación resolvió continuar con una modalidad de trabajo reducida en sus oficinas de Capital y Perico e incluir las dependencias de la circunscripción San Pedro de Jujuy.
En la Resolución MPA N° 1988/2020, de fecha 22 de junio del 2020, se dispone ampliar desde hoy hasta el sábado 27 del corriente mes la modalidad de trabajo y atención reducida.
Las dependencias funcionaran con una dotación mínima, donde la prestación de servicio se limitará únicamente a la atención y/o tramitación de asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación.
Entre sus disposiciones, expresa:
- Horario laboral será de 8:30 a 12:30 horas.
- Atención al público restringida y limitada, debiendo efectuarse de una persona por vez, guardando una distancia de al menos un metro y medio entre las mismas y el uso obligatorio de barbijo.
- Además a las personas que asistan a cualquiera de las dependencias del MPA se les realizará el control sanitario de temperatura corporal y deberán presentar la documentación que acredite su identidad y justifique su concurrencia.
En la presente Resolución extiende lo dispuesto para las oficinas del MPA de San Salvador de Jujuy y Perico, y además expresamente habilita a Fiscales y funcionarios del MPA, quienes deberán cumplir funciones durante este período.
Ver Resolución MPA N° 1988/2020