Martes 20 de Septiembre del 2022 | SENTENCIA
CINCO AÑOS DE PRISIÓN POR ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE
Un hombre de aproximadamente 40 años de edad fue condenado a la pena de cinco años de prisión efectiva por la autoría del delito de "abuso sexual gravemente ultrajante".
La víctima era una menor de edad la cual fue sometida a tocamientos lascivos. Los hechos se produjeron en la ciudad de Libertador General San Martín. El viernes 16 de septiembre Tribunal en lo Criminal 3 dio a conocer el fallo tras la producción de los alegatos de las partes
En representación del Ministerio Público de la Acusación (MPA) intervino el Dr. Alejandro Atilio Bossatti, quien solicitó se condene al procesado a la pena de siete años de prisión, el pedido fue basado no sólo en los elementos de prueba obtenidos durante la investigación, la denuncia de la madre de la víctima y de una tía. "También fue importante el trabajo y participación de peritos, asistentes sociales de la ciudad de Libertador General San Martín y el licenciado en psicología que evaluó tanto a la víctima como al autor del hecho y fundamentalmente la declaración de la niña en Cámara Gesell", enumeró el Fiscal.
"Así también se tuvo en consideración la existencia de una relación de confianza entre la niña y el agresor, el daño que ocasionó esta situación. También se pudo determinar que lamentablemente hubo una reiteración de los hechos con lo cual se pudo disponer de una serie de elementos subjetivos y objetivos para pedir la pena", agregó.
La investigación del caso estuvo a cargo del personal del MPA de Libertador General San Martín, lo cual permitió establecer que los hechos se produjeron desde el año 2018 aproximadamente. La niña concurría a la casa de esta persona en forma asidua y cuando la menor se encontraba allí, la conducía hasta una habitación donde la sometía a tocamientos y hacía que ella también lo tocara. Esta situación posteriormente fue advertida por una tía de la menor quien informó esto a la madre. Las declaraciones de la niña en Cámara Gesell, la de su madre y la de esa tía fueron coincidente.
La defensa, a cargo del Dr. Argentino Juárez, había planteado en un principio la absolución y en subsidio la absolución por el beneficio de la duda y que si se lo condenaba, sea por la pena de abuso sexual simple y se tenga por compurgada la pena con el tiempo que esta persona ya llevada detenida.
El Tribunal en lo Criminal 3, estuvo integrado por las juezas Margarita Nallar y Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig. Cabe acotar que se autorizó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.